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Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: Arraigo para la formación

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La autorización de residencia por arraigo para la formación permite a los extranjeros en situación irregular en España regularizar su estancia, vinculado a su participación en programas de formación profesional.

¿Qué es?

Es una autorización temporal que permite residir en España durante un año para realizar formación profesional o cursos vinculados a la obtención de certificaciones laborales. Posteriormente, si se cumple con los requisitos, puede obtenerse una autorización de residencia y trabajo.

Requisitos

  1. Situación administrativa
    • No ser ciudadano de la Unión Europea (UE), Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza, ni familiar de personas a las que se aplique este régimen.
  2. Antecedentes penales
    • No tener antecedentes en España ni en los países donde haya residido en los últimos 5 años.
  3. Permiso de entrada
    • No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en acuerdos internacionales.
  4. Residencia continuada
    • Haber vivido en España durante al menos dos años consecutivos sin ausencias superiores a 90 días.
  5. Compromiso de formación
    • Aceptar realizar una formación que cumpla los siguientes criterios:
      • Reglada para empleo, certificación profesional o habilitación técnica para ocupaciones específicas (según el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura).
      • Formación promovida por Servicios Públicos de Empleo o universidades.
    • Matricularse dentro de los tres meses posteriores a la concesión de la autorización.
  6. Pago de la tasa
    • Modelo 790, Código 052, epígrafe 2.5.

Documentación requerida

  1. Formulario de solicitud
    • Modelo oficial EX-10, completado y firmado.
  2. Identificación
    • Pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con una validez mínima de 4 meses.
  3. Acreditación de residencia
    • Documentos que demuestren residencia en España durante dos años, como:
      • Empadronamiento.
      • Certificados médicos de hospitales públicos.
      • Documentación de administraciones locales o autonómicas.
  4. Antecedentes penales
    • Certificado del país de origen y países de residencia previos (últimos 5 años).
  5. Compromiso de formación
    • Declaración escrita o incluida en el formulario oficial.

Procedimiento

  1. Presentación
    • ¿Quién puede presentarla?: El extranjero o su representante legal (en caso de menores o incapaces).
    • ¿Dónde?:
      • Oficinas de Extranjería según el domicilio.
      • Sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.
  2. Plazos
    • Resolución en tres meses.
    • Si no se notifica en ese plazo, se considera denegada por silencio administrativo.
  3. TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)
    • Dentro de un mes tras la notificación de concesión.
    • Documentos requeridos:
      • Formulario EX-17.
      • Justificante del pago de la tasa.
      • Fotografía reciente tamaño carné.
      • Pasaporte o cédula de inscripción.
  4. Matriculación
    • Plazo de 3 meses tras la concesión.
    • Acreditar inscripción en un curso autorizado.

Prórroga

  • Duración inicial: Un año.
  • Prórroga: Por un año más, si la formación supera los 12 meses o no finaliza en la vigencia inicial.

Residencia y trabajo tras la formación

  1. Requisitos
    • Superar la formación.
    • Presentar un contrato laboral que cumpla con el salario mínimo interprofesional (SMI) o el salario establecido por convenio.
  2. Procedimiento
    • Solicitar autorización de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería.
    • Documentos necesarios:
      • Formulario EX-10.
      • Contrato de trabajo.
      • Certificación de formación completada.
      • Pago de la tasa correspondiente (Modelo 790, Código 052, epígrafe 3).
  3. Duración
    • La autorización de residencia y trabajo se otorga por dos años.

Ventajas

  • Regularización migratoria:
    • Permite residir legalmente en España y trabajar tras la formación.
  • Acceso a educación y formación:
    • Vinculación a programas de formación profesional, mejorando la empleabilidad.
  • Vinculación a la economía formal:
    • Oportunidades para integrarse al mercado laboral formal en ocupaciones específicas.

Para obtener más información o soporte en la gestión de esta autorización, no dudes en contactarnos. ¡Te ayudaremos en cada paso del proceso!

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Naoual Taleb

Diplomada Experta Universitaria en Extranjería, Análisis Integral y Gestión Pública (Universidad de Málaga)