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Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

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En Nexo Integral, nos especializamos en la gestión de trámites relacionados con la Renovación de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, asegurándonos de que cumplas con todos los requisitos legales.

¿Qué es esta autorización?

La renovación de este permiso permite al trabajador extranjero continuar residiendo y trabajando en España, ampliando la vigencia de la autorización inicial.

Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento aprobado por Real Decreto 557/2011.
  • Artículos relacionados: 36, 38 y 40 de la Ley Orgánica; 71 y 72 del Reglamento.

Requisitos generales

  1. Nacionalidad: No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  2. Antecedentes penales: Carecer de ellos en España.
  3. Entrada legal: No tener prohibida la entrada en España.
  4. Escolarización: Si tiene menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, acreditar su inscripción en un centro educativo.
  5. Tasas: Haber abonado las tasas correspondientes.

Además, debe cumplir con uno de los siguientes supuestos:

  • Continuar con la relación laboral inicial.
  • Haber trabajado al menos tres meses por año en las siguientes circunstancias:
    • Tener un contrato actual o previsto, acorde con la autorización inicial.
    • Que la relación laboral inicial se haya interrumpido por causas ajenas al trabajador y se haya buscado empleo activamente.
    • Estar recibiendo una prestación por desempleo o asistencia pública.
    • Ser víctima de violencia de género y haber suspendido la relación laboral.
    • Haber trabajado nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, bajo ciertas condiciones.
    • Que su cónyuge o pareja cuente con los requisitos económicos para reagruparlo.

Documentación requerida

  1. Formulario: Modelo oficial EX-03, en duplicado.
  2. Pasaporte: Copia completa y en vigor.
  3. Escolarización: Informe oficial si aplica.
  4. Informe de integración: Opcional, emitido por la Comunidad Autónoma, para casos en los que no se cumpla algún requisito.
  5. Documentos según el supuesto aplicable:
    • Continuación de la relación laboral inicial: No se requiere documentación adicional.
    • Contrato con nuevo empleador: Contrato vigente o condicionado a la renovación.
    • Relación laboral interrumpida: Inscripción en el Servicio Público de Empleo.
    • Prestaciones: Documentos acreditativos de la prestación por desempleo o asistencia pública.
    • Violencia de género: Orden de protección o informe del Ministerio Fiscal, y documentos que acrediten la interrupción laboral.
    • Trabajo acumulado de nueve meses: Documentación de interrupción por causas ajenas al trabajador e inscripción en el empleo.
    • Reagrupación familiar: Documentos que acrediten la relación conyugal y los medios económicos del cónyuge.

Procedimiento

¿Quién puede presentar la solicitud?

El trabajador, personalmente, o mediante representante.

¿Dónde se presenta?

  • Presencialmente: En la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia.
  • Electrónicamente: A través de la plataforma Mercurio.

Plazos para presentar la solicitud:

  • 60 días antes de la fecha de expiración de la autorización.
  • 90 días después de la expiración, con la posibilidad de un procedimiento sancionador.

Tasas:

  1. Modelo 790 Código 052: Epígrafe 2.2, por la renovación de la residencia temporal.
  2. Modelo 790 Código 062: Epígrafe 2.1, por la renovación de la autorización de trabajo.

Las tasas deben abonarse dentro de los 10 días hábiles tras la admisión a trámite.

Plazo de resolución:

  • 3 meses desde la fecha de entrada de la solicitud. Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende estimada por silencio administrativo.

Duración de la renovación:

  • 4 años para las autorizaciones de residencia temporal y trabajo.
  • Permite trabajar en cualquier actividad y territorio nacional, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE):

Debe solicitarse en el plazo de un mes desde la renovación. Documentación necesaria:

  1. Modelo EX-17.
  2. Tasa correspondiente abonada.
  3. Fotografía reciente tamaño carné.
  4. Pasaporte o título de viaje en vigor.

Beneficios de tramitar con Nexo Integral

  • Asesoría especializada: Análisis de cada caso según las circunstancias del trabajador.
  • Gestión completa: Desde la preparación de documentos hasta la obtención de la TIE.
  • Resolución de incidencias: Soporte integral en caso de requerimientos adicionales o notificaciones administrativas.

¡Confía en nosotros para renovar tu autorización sin complicaciones!

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Naoual Taleb

Diplomada Experta Universitaria en Extranjería, Análisis Integral y Gestión Pública (Universidad de Málaga)