En Nexo Integral, ofrecemos asesoramiento integral en la tramitación de la Autorización de trabajo por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos, permitiendo a empleadores contratar a trabajadores que residen en zonas fronterizas de Estados limítrofes con España y regresan diariamente a su lugar de residencia.
¿Qué es esta autorización?
Es un permiso solicitado por un empleador español para la contratación de un trabajador extranjero que reside en una provincia o demarcación fronteriza de un Estado vecino y regresa diariamente a su lugar de residencia.
Normativa aplicable
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España.
- Reglamento de extranjería, aprobado por el Real Decreto 557/2011 (artículos 182-184).
Requisitos para obtener la autorización
1. Requisitos del trabajador:
- Nacionalidad: No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza ni estar sujeto al régimen comunitario.
- Residencia: Residir en una provincia fronteriza con España.
- Capacitación profesional: Poseer la formación necesaria para desempeñar la ocupación contratada.
- Situación legal: No encontrarse en situación irregular en España.
- Historial penal y salud:
- Carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años.
- No padecer enfermedades susceptibles de cuarentena.
2. Requisitos del empleador:
- Registro y solvencia:
- Estar inscrito en el sistema de Seguridad Social.
- Estar al día con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Recursos suficientes:
- Demostrar capacidad económica, material y personal para cumplir con el contrato.
- Contrato de trabajo:
- Garantizar una actividad continuada durante la vigencia del permiso.
- Ajustarse a las condiciones legales y salariales vigentes.
- Oferta laboral: Justificar que la situación nacional de empleo permite la contratación.
3. Situación Nacional de Empleo:
La contratación está permitida si:
- La ocupación figura en el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
- Se presenta un certificado del Servicio Público de Empleo que demuestra la imposibilidad de cubrir la vacante.
- Es nacional de un país con convenio bilateral, como Chile o Perú.
Documentación necesaria
Para el trabajador:
- Copia completa del pasaporte o título de viaje válido.
- Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- Certificado médico.
- Documentación que acredite la residencia en una provincia limítrofe.
- Acreditación de la capacitación profesional necesaria.
Para el empleador (Empresas):
- Copia del NIF de la empresa.
- Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Documento que acredite la representación legal del firmante.
- Contrato de trabajo firmado.
- Certificación de solvencia económica (IRPF, IVA, impuestos, informe de vida laboral).
- Memoria descriptiva de la ocupación ofertada.
Para el empleador (servicio doméstico):
- Copia del NIF del empleador.
- Contrato de trabajo firmado.
- Documentación que acredite solvencia económica.
Procedimiento
1. Presentación de la solicitud:
- Electrónicamente: A través de la plataforma Mercurio.
- Presencialmente: En la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde se prestarán los servicios.
2. Pago de tasas:
- Modelo 790, Código 062:
- Epígrafe 1.4: Retribución inferior a dos veces el SMI.
- Epígrafe 1.9: Retribución igual o superior a dos veces el SMI.
3. Plazo de resolución:
- La resolución debe notificarse en un plazo de 3 meses. Si no hay respuesta, se considera desestimada por silencio administrativo.
4. Alta en Seguridad Social:
- Una vez concedida, el empleador debe dar de alta al trabajador en la Seguridad Social dentro del mes siguiente a la notificación.
5. Solicitud de la TIE:
- El trabajador debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en un plazo de un mes desde el alta en la Seguridad Social.
Documentos para la TIE:
- Formulario EX–17.
- Justificante de alta en la Seguridad Social.
- Justificante del pago de la tasa de la tarjeta.
- Fotografía tamaño carné, en color, fondo blanco.
Duración y renovaciones
- Duración inicial:
- Coincide con la duración del contrato, con un mínimo de 3 meses y un máximo de 1 año.
- Ámbito y ocupación:
- Limitada al territorio y actividad específica señalados en el contrato.
- Renovación:
- Puede renovarse siempre que se mantenga la relación laboral y las condiciones que motivaron su concesión.
Confía en Nexo Integral
Con más de 14 años de experiencia, en Nexo Integral gestionamos la autorización de trabajo por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos con eficacia y compromiso.
Nuestros servicios incluyen:
- Asesoramiento personalizado: Analizamos cada caso para garantizar el cumplimiento de los requisitos.
- Gestión integral: Nos encargamos de todos los trámites, desde la solicitud hasta la obtención de la TIE.
- Representación legal: Intervenimos ante posibles incidencias administrativas.
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