En Nexo Integral, nos encargamos de tramitar con eficacia y precisión la renovación de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, ayudándote a cumplir con los requisitos legales en tiempo y forma.
¿Qué es esta autorización?
La renovación de esta autorización permite al trabajador autónomo extranjero seguir residiendo legalmente en España y continuar con su actividad económica de manera regularizada.
Normativa aplicable
- Ley Orgánica 4/2000, artículos 25 bis, 36 y 37.
- Reglamento aprobado por Real Decreto 557/2011, artículos 103 a 109.
Requisitos generales
- Nacionalidad: No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
- Antecedentes penales: Carecer de antecedentes penales en España.
- Entrada legal: No tener prohibida la entrada en España.
- Escolarización: Acreditar la escolarización de los menores a cargo, en caso de tenerlos.
- Supuestos específicos:
- Continuar con la actividad que originó la autorización inicial, cumpliendo con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Disponer de protección por cese de actividad.
- Que el cónyuge o pareja tenga medios económicos suficientes para reagrupar al trabajador autónomo:
- Para una unidad familiar de 2 miembros: acreditar el 150% del IPREM mensual.
- Para cada miembro adicional: sumar el 50% del IPREM.
Documentación requerida
- Formulario: Modelo oficial EX-07, en duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte: Copia completa y en vigor.
- Escolarización: Informe del centro educativo o autoridades competentes (si aplica).
- Según el supuesto aplicable:
- Continúa la actividad inicial: No requiere documentación adicional.
- Reagrupación por el cónyuge o pareja:
- Documento que acredite el matrimonio o la relación de pareja.
- Acreditación de los medios económicos del cónyuge.
- Protección por cese de actividad:
- Documento que acredite la concesión de la protección.
Nota importante: Los documentos extranjeros deben estar traducidos al castellano o lengua cooficial del lugar de presentación y, en su caso, legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.
Procedimiento
¿Quién puede presentar la solicitud?
El propio trabajador o su representante legal.
¿Dónde se presenta?
- Presencialmente: En la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
- Electrónicamente: A través de la plataforma Mercurio.
Plazo de solicitud:
- Durante los 60 días anteriores a la fecha de expiración de la autorización.
- Dentro de los 90 días posteriores a la expiración, con posibilidad de apertura de un procedimiento sancionador.
Nota: La presentación en plazo prorroga automáticamente la vigencia de la autorización hasta la resolución.
Tasas:
- Modelo 790 Código 052: Renovación de residencia temporal.
- Modelo 790 Código 062: Renovación o modificación de la autorización de trabajo por cuenta propia.
Ambas deben abonarse en los 10 días hábiles tras la admisión a trámite.
Plazo de resolución:
- 3 meses desde la presentación. En caso de silencio administrativo, se entenderá estimada.
Duración de la renovación:
- 4 años, salvo que corresponda una residencia de larga duración.
- Habilita a trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE):
Debe solicitarse dentro del plazo de un mes tras la renovación. Documentación requerida:
- Modelo EX-17.
- Justificante de abono de la tasa de la tarjeta.
- Fotografía reciente tamaño carné, fondo blanco.
- Pasaporte o título de viaje en vigor.
Ventajas de tramitar con Nexo Integral
- Asesoría Personalizada: Estudio detallado de cada caso.
- Gestión Integral: Desde la preparación hasta la obtención de la TIE.
- Tramitación Eficiente: Reducción de tiempos y resolución de incidencias.
Confía en Nexo Integral para garantizar la renovación de tu autorización y seguir desarrollando tu proyecto en España sin preocupaciones. ¡Estamos para ayudarte!


