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Autorización de residencia por reagrupación familiar

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En Nexo Integral, entendemos la importancia de mantener unidas a las familias. La Autorización de residencia por reagrupación familiar es el mecanismo que permite a los residentes legales en España traer a sus familiares desde el extranjero, asegurando su integración y estabilidad en el país.

¿Quiénes pueden ser reagrupados?

El residente puede solicitar la reagrupación de los siguientes familiares:

  1. Cónyuge o pareja de hecho: Siempre que no se encuentren separados de hecho o derecho.
  2. Hijos del reagrupante o de su cónyuge/pareja: Menores de 18 años o mayores con discapacidad que no puedan proveerse por sí mismos.
  3. Ascendientes del reagrupante o de su cónyuge/pareja: Sólo en caso de que sean dependientes económicamente y mayores de 65 años, salvo circunstancias excepcionales que justifiquen su necesidad de reagrupación.

Requisitos del reagrupante

El solicitante debe cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Residencia legal en España:
    • Poseer una autorización de residencia renovada y vigente.
  2. Recursos económicos:
    • Contar con ingresos suficientes para cubrir las necesidades de la familia, acreditados mediante nóminas, declaraciones fiscales o certificados bancarios.
  3. Vivienda adecuada:
    • Disponer de un lugar de residencia que cumpla con los estándares legales para alojar a la familia.

Documentación necesaria

Los documentos pueden variar según el familiar que se desee reagrupar, pero generalmente incluyen:

  1. Documentación del reagrupante:
    • Pasaporte vigente.
    • Autorización de residencia.
    • Contrato de trabajo o medios económicos acreditados.
    • Certificado de empadronamiento.
  2. Documentación del familiar reagrupado:
    • Pasaporte vigente.
    • Certificado de nacimiento o matrimonio según el caso.
    • Certificado de antecedentes penales (mayores de edad).
    • Informe médico que acredite no padecer enfermedades que puedan afectar la salud pública.
  3. Documentos adicionales:
    • Justificante de tasas pagadas.
    • Informe de vivienda emitido por el Ayuntamiento.
Procedimiento
  1. Presentación de la solicitud:
    • El reagrupante debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia.
  2. Resolución:
    • Las autoridades tienen hasta 3 meses para resolver. En caso de silencio administrativo, la solicitud se considera desestimada.
  3. Visado del familiar:
    • Una vez aprobada la solicitud, el familiar debe tramitar el visado en el consulado español de su país de origen.
  4. Llegada y TIE:
    • Al llegar a España, el familiar debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) dentro del primer mes.
Renovación de la autorización

La renovación de esta autorización está vinculada a la vigencia de la residencia del reagrupante y a la continuidad de las condiciones iniciales:

  1. Plazo de renovación:
    • Iniciar el trámite dentro de los 60 días previos al vencimiento.
  2. Requisitos adicionales:
    • Mantener los recursos económicos y la vivienda adecuada.
    • Documentación actualizada del familiar.

¿Por qué elegir Nexo Integral?

Con más de 14 años de experiencia​​, en Nexo Integral gestionamos de manera integral y personalizada cada trámite de reagrupación familiar, asegurando un proceso ágil y sin errores.

Nuestros servicios incluyen:

  • Evaluación personalizada: Estudio detallado de tu caso.
  • Gestión documental: Revisión, preparación y presentación de la solicitud.
  • Seguimiento activo: Supervisión constante del expediente.
  • Asistencia jurídica: Resolución de incidencias legales.

Mantén a tu familia unida con la tranquilidad de un proceso seguro. Contáctanos en Nexo Integral y deja que nuestros expertos sean tu apoyo en cada paso del camino.

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Naoual Taleb

Diplomada Experta Universitaria en Extranjería, Análisis Integral y Gestión Pública (Universidad de Málaga)